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Nueva Ley del ISSSTE10 Jun 13 - 12:08
Este sistema es obligatorio para los trabajadores de nuevo ingreso. Éstos abrirán una cuenta individual en la cual se depositarán todas las cuotas y aportaciones para el retiro. Su pensión será igual al monto de todas las cotizaciones del gobierno y del propio trabajador que se hagan a su cuenta individual durante su vida laboral más el rendimiento que éstas generen, menos las comisiones que se cobren por el manejo de la cuenta.
Los trabajadores en activo tendrán dos opciones de transición. El esquema de transición propuesto consiste en dejar mantenerse en el régimen actual, que será modificado de manera gradual, o recibir un bono de reconocimiento que les permita migrar inmediatamente al nuevo sistema.
En el primer caso, se contempla que los requerimientos para el retiro de los trabajadores que elijan permanecer dentro del viejo sistema se incrementen gradualmente hasta alcanzar parámetros equiparables al nuevo sistema. Estos requerimientos se aplican a la actual pensión por jubilación y a la pensión por edad y tiempo de servicio. En la pensión por jubilación, al entrar en vigor la ley, se mantiene la edad mínima de jubilación fijada en la ley (50 años, trabajadores y 48 años, trabajadoras; pero la edad va aumentando con los años de vigencia de la ley, hasta estabilizarse en 65 años (trabajadores) y 63 años (trabajadoras) en el año 2035 |
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